Protección de datos de carácter personal

El derecho fundamental de protección de datos

La Carta Europea de Derechos Humanos reconoce el derecho fundamental de protección de datos.

Es importante diferenciar:

 

DERECHO A LA INTIMIDAD
LIBERTAD INFORMÁTICA
Art. 18.1
Garantiza el derecho al honor, intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
Art. 18.4
Limitar por la ley el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar.

 

L.O.R.T.A.D: Reguladora del tratamiento automatizado de los datos de carácter personal.

Directiva 95/46/CE: Protección de las personas físicas en lo que respeta el tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos.

LOPD: Ley Orgánica de Protección de Datos de carácter personal.

RGPD: Reglamento General de Protección de Datos.

LOPDGDD: Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos.

 

El Reglamento general de protección de datos (RGPD)

Ambito

 

Definiciones

 

Principios

  1. Licitud, lealtad y transparencia, tratar los datos de manera lícita, leal y transparente.

  2. Limitación de la finalidad, serán recogidos para un fin concreto.

  3. Minimización de los datos, se recogerán solo los datos necesarios según el fin.

  4. Exactitud, los datos serán exactos y estarán actualizados.

  5. Limitación de conservación, solo se mantendrán los datos durante el uso de la finalidad.

  6. Integridad y confidencialidad, tratar los datos de forma segura.

  7. Responsabilidad proactiva, cumplir todo lo anterior.

 

Legitimación para el tratamiento de datos personales

  1. Consentimiento.

  2. Necesario para un contrato.

  3. Necesario para intereses legales.

  4. Necesario por el interés vital de una persona física.

  5. Necesario para el interés público o el ejercicio de poderes públicos.

  6. Interés legítimo.

 

Registro de las actividades del tratamiento

Una de las obligaciones como responsable del tratamiento de datos es llevar un registro.

El registro de datos debe contener la siguiente información:

 

Ejercicio de Derechos de protección de datos

Los derechos de protección de datos son los derechos que tenemos cada uno de nosotros sobre los datos.

 

Derechos (articulo 12 a 23 RGPD)

 

Responsabilidades (articulo 24 a 43 RGPD)

El RGPD establece unas obligaciones tanto para el responsable como para el encargado del tratamiento.

Estas obligaciones, dependiendo de si quien trata los datos es el responsable o el encargado, son las siguientes:

El incumplimiento de las responsabilidades conllevará sanciones administrativas.

 

by Jose Manuel Pinillos